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ACUERDO PLENARIO N° 3851/09


En la ciudad de Rawson, Capital de la provincia del Chubut, a los .30 días del mes de Diciembre del año dos mil nueve, reunido en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, bajo la Presidencia de su Titular Dr. Alejandro Javier PANIZZI y asistencia de los Sres. Ministros Dres. José Luis PASUTTI, Dr. Daniel A. REBAGLIATI RUSSELL y Dr. Jorge PFLEGER –en uso de licencia los Sres. Ministros Dres. Fernando Salvador Luis ROYER y Dr. Daniel Luis CANEO- y;

VISTO:

Lo establecido en el Reglamento Interno General, y Acuerdo Extraordinario n° 3535/06 en su Artículo 5) (ingresos)

CONSIDERANDO:

Que es competencia de este Tribunal el dictado de normas destinadas a regular los procedimientos que se apliquen a la administración de los Recursos Humanos.

Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 5) del R.I.G, el ingreso al Poder Judicial de la Provincia del Chubut se produce a través del nombramiento en el cargo de menor jerarquía del Escalafón Administrativo, Técnico y de Maestranza, mediante concurso de antecedentes y oposición.

Que la precitada norma estatuye que, anualmente, se realiza una convocatoria por circunscripción para el “Concurso de postulantes a ingresar al Poder Judicial”.

Que corresponde modificar los procedimientos y, por consiguiente, adecuar la reglamentación para asegurar el cumplimiento de los objetivos institucionales en lo que atañe al tema de referencia y en lo que concierne al personal del grupo administrativo y técnico del Escalafón.

Por ello, el Superior Tribunal de Justicia:

RESUELVE:

1°) Modifícase el Articulo 5) del Reglamento Interno General y establécese que cada período de dos años, o cuando el Superior Tribunal de Justicia lo disponga en razón de las necesidades del servicio, se realizará una convocatoria abierta a concurso de postulantes para ingresar al Poder Judicial de la Provincia del Chubut”.

2°) Apruébase el "Reglamento de Concursos de postulantes para ingresar al Poder Judicial de la Provincia del Chubut" que como Anexo I se integra al Articulo 5) del Reglamento Interno General.

Anexo I
"REGLAMENTO DE CONCURSO DE POSTULANTES PARA INGRESAR AL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT"

Sección Primera
Capítulo Primero

Generalidades

De los Requisitos de los postulantes al concurso

1.- Los requisitos generales para la inscripción de los postulantes, en los concurso regidos por este Anexo, y acorde lo ya establecido en el articulo 5 del Reglamento Interno General, son los siguientes:

a) Ser argentino nativo o por opción o nacido en el extranjero en ejercicio de la ciudadanía.
b) Poseer buena conducta.
c) Haber cumplido dieciocho (18) años de edad.
d) Haber completado el período polimodal de enseñanza o similar y poseer título habilitante específico en los supuestos de cargos que impliquen conocimientos técnicos especiales.
e) Residir en las localidades en que ejercerán los cargos o en un radio que no exceda los setenta (70) kilómetros de los mismos, pero dentro de la circunscripción o Distrito Judicial respectivo.
La inscripción se realiza acorde lo establecido en este Anexo.
Los postulantes completan un formulario y tienen en cuenta las indicaciones detalladas en su parte derecha.
En caso de la inscripción por medios electrónicos, los formularios estarán disponibles en la página web. En este supuesto, y de modo automático, se envían al correo electrónico del aspirante un acuse de recibo que puede imprimir como constancia.
La información presentada en la solicitud de Inscripción tendrá el carácter de Declaración Jurada.

Los requisitos generales establecidos en el art. 1 del presente se completan con la documentación que sigue:

a) Copia certificada del Documento Nacional de Identidad (DNI)
b) Copia certificada de los documentos que acrediten los grados obtenidos o la especial preparación técnica.
c) Currículum Vitae.
f) Certificado de domicilio expedido por autoridad habilitada.
g) Certificado de buena conducta expedido por la autoridad competente.
Los postulantes constituyen domicilio en el que se realizan las notificaciones pertinentes.

De las sedes judiciales o zonas de convocatorias

2. Para los fines dispuestos en este concurso se establecen las siguientes zonas en las que se procede a las convocatorias.
2.1.- Zona A): Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Trelew que comprende a los departamentos de Gaiman, Mártires y Paso de Indios.
2.2.- Zona B) Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Puerto Madryn que comprende a esa y a las localidades de Puerto Madryn, Puerto Pirámides, Telsen, Gan Gan, Gastre y Lagunita Salada.
2.3.- Zona C) Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Esquel que comprende a los departamentos de Tehuelches, Futaleufú, Languineo y Cushamen.
2.4.- Zona D) Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Comodoro Rivadavia que comprende a las localidades de Comodoro Rivadavia, Rada Tilly y Camarones.
2.5.- Zona E) Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Sarmiento que comprende a esa y a las localidades de Sarmiento, Buen Pasto, Río Senguer, Río Mayo, Aldea Beleiro, Ricardo Rojas y Lago Blanco.
2.6.- Zona F) organismos del Poder Judicial de la Provincia del Chubut con asiento en Rawson.

Del Jurado

3. El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia designa, para cada concurso, un Jurado que tendrá a su cargo el examen de antecedentes y oposición y la proposición del orden de mérito respectivo para su acuerdo.

4. El Jurado se integra con: a. un Magistrado o Funcionario de circunscripción distinta de aquella que se concursa, b. un representante de la Subdirección de Recursos Humanos y c. un representante de los Empleados Judiciales del Chubut.

5. El Jurado podrá requerir la colaboración de uno o más especialistas para asesoramiento en los casos en que se requiera asesoramiento específico en la prueba de Oposición.

De la Publicidad

6. La Convocatoria, con todos sus detalles, se publica en los diarios provinciales de mayor circulación, por el plazo de tres (3) días hábiles, anteriores al inicio de la fecha de inscripción y en la página web del Superior Tribunal de Justicia.

Capítulo II
Inscripción procedimientos

De la inscripción

7. Las inscripciones se producen:
7.1. Personalmente en la Oficina de Recursos Humanos o similar de cada zona.
7.2 Por medio de la página Web institucional www.juschubut.gov.ar. sección concursos.

De la apertura y cierre de la Inscripción

8. El Superior Tribunal establece, en cada ocasión, la fecha del concurso y las sedes en que se realiza. Determina la fecha de comienzo de la inscripción y cierre que se prorrogará cuando circunstancias extraordinarias lo aconsejen.

Capítulo III
De las etapas del proceso de selección

Pruebas de evaluación

9. El proceso de evaluación comprende pruebas a desarrollarse en orden consecutivo y de carácter eliminatorio.
Estas son:
9.1. Prueba de Dactilografía
9.2 Prueba de Ortografía
9.3 Prueba de Conocimientos en Informática
9.4 Prueba de Conocimientos Teóricos
9.5 Prueba de Competencias de actitud y entrevista
9.6 Examen de Aptitud Física
El Superior Tribunal de Justicia establece el programa y método para proveer a los exámenes correspondientes, según las circunstancias del caso, sin perjuicio de las reglas generales que establece el presente.

10. El postulante debe superar el mínimo exigido en cada caso para avanzar en el concurso.

Del contenido de las pruebas en particular

Prueba de Dactilografía o tipeado

11. 1 En este examen consiste en el copiado, en computadora, de textos de índole jurídica seleccionados previamente.
11. 2. Los contenidos se sortean en presencia de los concursantes al momento del examen.

Prueba de Ortografía

12. 1 En la prueba de ortografía los postulantes corrigen un texto sobre temas de índole jurídica, seleccionado previamente, que contiene errores introducidos “ad hoc”.

Prueba de Conocimientos en Informática

13. 1. Los postulantes rinden un examen práctico sobre las aplicaciones informáticas: Procesador de textos Microsoft Windows Word y Microsoft Windows Excel.

Prueba de Conocimientos Teóricos

14. 1. La prueba de conocimientos teóricos versa sobre temas relacionados al quehacer judicial, leyes y reglamentaciones específicas, nociones constitucionales y conocimientos de cultura general. Se aplica la modalidad de preguntas de opción múltiple y/o verdadero-falsa e interpretación de textos.
14. 2. El temario y bibliografía se publica en la página Web Institucional catorce (14) días hábiles anteriores al examen y esta disponible en las bibliotecas del Poder Judicial de cada Circunscripción.

Prueba de Competencias de actitud y entrevista

15. Esta consiste en evaluar si el aspirante manifiesta poseer actitudes y potencialidades para el ejercicio eficaz de la función, conforme a la descripción de tareas y responsabilidades del cargo concursado.

Examen de Aptitud Física.

16. El examen se adecua a las reglas laborales del empleo público y a los reglamentos particulares, contemplándose las capacidades diferentes.

Es requisito indispensable para ingresar, bajo los términos precedentes.

De la evaluación de las pruebas

17. Prueba de dactilografía o tipeado
17. 1 Se aprueba cuando el postulante escribe correctamente, como mínimo, ciento cuarenta (140) palabras en cuatro (4) minutos.
17. 2. Se consideran incorrectas: a. las palabras con errores ortográficos. b los errores mecanográficos c. los vocablos duplicados, a menos que se trate del texto original. d. los errores de mayúscula o minúscula.
17. 3. Inmediatamente después de finalizada la prueba un programa informático imprime el resultado en forma automática.

Prueba de Ortografía

18.1. Se aprueba mediante la corrección del ochenta (80%) de los errores introducidos en el texto.

Prueba de Conocimientos Teóricos

19. 1. Se aprueba con el alcance de 80 puntos sobre 100 en relación que el temario correspondiente.

Prueba de Competencias de actitud y entrevista

20. 1. Competencia de actitud implica la evaluación de la idoneidad demostrada por el concursante para realizar una tarea o desempeñar un puesto de trabajo eficazmente por poseer las calificaciones requeridas para ello.
20. 2 Son pautas de evaluación particular las que refieren: a. la orientación a resultados, b. la orientación a usuarios internos y externos c. el compromiso con la organización, d. la integridad y la ética, d. el trabajo en equipo y cooperación, e. la pro actividad, f. la flexibilidad, el compromiso con el aprendizaje, la habilidad analítica y la construcción de relaciones.

Capítulo IV

De la asignación de puntajes

Del puntaje en general
21. 1 La sumatoria del puntaje del proceso de selección totaliza cien (100) puntos y se conforma del siguiente modo:
21.1. a- Prueba de Dactilografía o tipeado: Hasta un máximo de diez (10) puntos.
Se asigna ese valor al postulante que hubiera consignado mayor cantidad de palabras. Al resto de los examinados se los califica en forma proporcional a la cantidad de palabras escritas.
21.1. b.- Examen Ortográfico: Hasta un máximo de diez (10) puntos, descontándose 0,50 puntos por cada palabra con error.
21.1. c- Prueba de Conocimientos en Informática: Hasta un máximo de veinte (20) puntos.
21.1. d- Prueba de Conocimientos Teóricos: Hasta un máximo de treinta (30) puntos.
21.1. e -Evaluación de competencias”: Hasta un máximo de treinta (30) puntos.

Del Orden de mérito.

22. 1. El resultado integral del proceso de selección se traduce en un Orden de Mérito . Las listas se conforman con los participantes que alcanzaren como mínimo la cantidad de setenta (70) puntos sobre cien (100).

Misceláneas

23. 1. La evaluación de competencias significa la ponderación cualitativa del postulante. En esta instancia el jurado podrá recurrir a herramientas de evaluación psicométrícas y/o de aquellas que considere conveniente.

Capítulo V
Del procedimiento posterior al concurso.

Notificaciones y recursos

24. 1. El orden de mérito se notifica a los concursantes mediante correo electrónico o el medio que el Jurado considere más idóneo.
24. 2. Los postulantes están legitimados para impugnar el Orden de Merito en los modos tiempos y con los efectos previstos en la Ley I N° 18 (antes Ley 920).
La impugnación se interpone por escrito y con los fundamentos que la sostienen, bajo sanción de inadmisibilidad.

Elevación de las Actuaciones - Publicación de las Listas

25. 1 Transcurrido el plazo de tres (3) días hábiles sin que hubiere ocurrido impugnación, el Orden de Mérito queda firme y se eleva a consideración del Superior Tribunal de Justicia.
25. 2. El orden de Merito es publicado en las circunscripciones y permanece a disposición de los Organismos del Poder Judicial de la Provincia en la Subdirección de Recursos Humanos del Superior Tribunal de Justicia.

Sección Segunda
Capítulo I

De la validez del concurso en el tiempo y de la cobertura de los cargos. Anexos

26. El Orden de Mérito que resulta se tiene en cuenta para cubrir todos los cargos vacantes materia de este reglamento que se producen durante los dos años siguientes al resultado del concurso.

27. Los organismos de la Magistratura del Poder Judicial de la Provincia recurren a ese Orden de Mérito para proveer a las vacantes. Lo solicitan a la Subdirección de Recursos Humanos del Superior Tribunal de Justicia.
Están facultados a optar, previa entrevista, entre los tres (3) primeros puestos de la nómina para definir sus propuestas de designación.

28. Los postulantes en situación de ser propuestos para cargos vacantes que no aceptan la designación, se eliminan de la lista respectiva.

Consideraciones generales.

29. La omisión de presentar todo o parte de la documentación requerida o su acompañamiento tardío, producen el rechazo liminar de la solicitud.

Otra documentación.

30. La Subsecretaría de Recursos Humanos requiere a los postulantes que están incluidos en el Orden de Mérito la documentación necesaria para cada oportunidad que considera.

Anexos:

31. Forman parte de este Anexo los siguientes formularios:
31.1 Formulario de Inscripción.
31. 2 Temario general para la prueba de conocimientos teóricos.

3°) Regístrese, comuníquese y archívese.

Con lo que se dio por finalizado el acuerdo plenario, firmando los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, ante mi que doy fe.
Fdo: Dres. PANIZZI-REBAGLIATI RUSSELL-PASUTTI-PFLEGER. Secretario Dr. FERREYRA.




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