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RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA ADMINISTRATIVA NRO. 6922/11 SIJ

Rawson, (Chubut), 12 de enero de 2011.-

Y Vistos: La 25506, su decreto reglamentario 2628/02, y los Acuerdos 3249/01 y 3268/02 del Superior Tribunal de Justicia, y

Considerando:
La necesidad de utilizar Certificados de Firma Digital emitidos por Ente Certificador Licenciado, para su implementación en trámites jurisdiccionales, servidores y/o auxiliares de la justicia.
La registración que la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información (ONTI) dependiente Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación - Secretaría de la Gestión Pública - Subsecretaría de los Sistemas de Gestión, ha obtenido como Ente Certificador Licenciado, en el mes de noviembre del 2010, que ha establecido los requisitos y condiciones a cumplir por los organismos que deseen solicitar el servicio de emisión de Certificados de Firma Digital, entre los que se encuentran los necesarios para constituirse en Autoridad de Registro.-
Las disposiciones de la ONTI estableciendo que las Autoridades de Registro constituidas en los entes públicos, serán responsables de efectuar las funciones de validación de identidad y de otros datos de los solicitantes y suscriptores de certificados digitales, de acuerdo al ámbito de aplicación establecido para cada una de ellas.
La Oficina Nacional de Tecnologías de Gestión diseña una organización funcional mínima para cada Autoridad de Registro y determina un procedimiento de designación de sus autoridades, además de establecer que la máxima autoridad de la institución solicitante, del sector público, le comunique qué unidad u organismo desempeñará dicha función.
La oportuna creación, por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, de la Ente Certificador (No Licenciado), y de la Autoridad de Registro correspondiente (AC n° 3249/01 y 3268/02), permite disponer de experiencia y recursos humanos suficientes para dar cumplimiento con los requerimientos del organismo nacional emisor de Certificados de Firma Digital.
La necesidad de adecuar los procesos de trabajo de los organismos creador por el STJ a los requerimientos de la ONTI.

Por ello, el Superior Tribunal de Justicia
RESUELVE


1) Extender la función de la Autoridad de Registro creada por la Acordada n° 3249/ 01, con el objeto de cumplir con los requerimientos de la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información (ONTI) dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación - Secretaría de la Gestión Pública - Subsecretaría de los Sistemas de Gestión.

2) Son funciones de la Autoridad de Registro además de las ya establecidas en la normativa referida en el punto 1):
a) recibir las solicitudes de emisión de certificados.
b) validar la identidad y autenticar los datos de los titulares de certificados.
c) validar otros datos de los titulares de certificados que se presenten ante ella cuya verificación delegue el Certificador Licenciado.
d) remitir las solicitudes aprobadas al Certificador Licenciado con la que se encuentre operativamente vinculada.
e) recibir y validar las solicitudes de revocación de certificados; y su direccionamiento al Certificador Licenciado con el que se vinculen.
f) identificar y autenticar a los solicitantes de revocación de certificados.
g) archivar y conservar toda la documentación respaldatoria del proceso de validación de identidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el certificador licenciado.
h) cumplir las normas y recaudos establecidos para la protección de datos personales.
i) cumplimir las disposiciones que establezca la Política de Certificación y el Manual de Procedimientos del Certificador Licenciado con el que se encuentre vinculada, en la parte que resulte aplicable.

3) Establecer que dicha Autoridad de Registro será integrada por:
a) El Responsable de la Autoridad de Registro, función que estará a cargo de la Señora Subsecretaria de Documentación e Información Jurídica de la Secretaría de Informática Jurídica (SIJ), Dra. María Adela Hernandez,
b) El Oficial de Registro Titular, cuya función estará a cargo del Licenciado Ignacio Cervo.
c) El Oficial de Registro Suplente, cuya función estará a cargo de la Dra. Fabiana Peiretti.
d) El Instructor de Firma Digital, cuya función estará a cargo de la Señora Marta Fossatti de Ricci.
e) El Responsable de Soporte de Firma Digital, cuya función estará a cargo del Lic. Alejandro Javiaer Biaggio

4) Dicha equipo de trabajo opera bajo la supervisión de la Autoridad Certificante no Licenciada del Superior Tribunal de Justicia creada por el Acuerdo n° 3268/02, a cargo del Dr. Guillermo Rafael Cosentino.

5) Regístrese y Comuníquese la presente al Ente Certificador Licenciado de la ONTI y a los agentes designados.

Ffdo. Dr Daniel Luis Caneo- Dr Daniel Reabaggliatti Russel




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