Por medio de la Sentencia Definitiva N° 49 de 2016, la Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, dispuso por unanimidad, confirmar el estado de privación de libertad y rechazar la acción de
Habeas Corpus deducida en beneficio de Sindicalista de Puerto Madryn, confirmando la sentencia emitida por la Cámara Penal de esa ciudad, y en la que se lo acusa por el delito de abuso sexual con acceso carnal.
Y por mayoría, declaró la inconstitucionalidad del art. 248 de la Constitución de la Provincia del Chubut en cuanto refiere a que: “… los dirigentes de sindicatos y organizaciones gremiales legítimamente constituidos gozan de completa inmunidad en sus personas y en sus domicilios desde el día de su elección o nombramiento hasta el día de su cese y no pueden ser detenidos por ninguna autoridad, salvo el caso de ser sorprendidos in fraganti en la ejecución de un delito con pena privativa de su libertad…”
Para acceder al texto completo de la sentencia, hacer click aquí